Política de involucración permanente de los accionistas

La interacción bidireccional con los accionistas forja su sentido de pertenencia y fomenta su involucración en la vida social de Iberdrola

Política de involucración de los accionistas
Política de involucración de los accionistas

Política de involucración permanente de los accionistas

25 de marzo de 2025

El Consejo de Administración de IBERDROLA, S.A. (la “Sociedad”) tiene atribuida la competencia de diseñar, evaluar y revisar con carácter permanente el Sistema de gobernanza y sostenibilidad de la Sociedad y, específicamente, de aprobar y actualizar las políticas, las cuales contienen las pautas que rigen la actuación de la Sociedad y, además, en lo que sea de aplicación, informan las políticas que, en ejercicio de su autonomía de la voluntad, decidan aprobar las sociedades integradas en el grupo cuya entidad dominante es, en el sentido establecido por la ley, la Sociedad (el “Grupo”).

La Sociedad ha situado la involucración de sus accionistas en la vida social como una de las claves de su estrategia de gobierno corporativo y de desarrollo sostenible en el marco de su relación con este Grupo de interés. Desde el año 2015, cuenta con una política en esta materia, que supuso una novedad en aquel momento respecto de la forma en que las sociedades cotizadas se venían relacionando con sus accionistas en aquel momento y que el Consejo de Administración ha ido revisando, reforzando y actualizando periódicamente para incrementar,  desarrollar y profundizar en la interacción permanente de la Sociedad con sus accionistas. Además, el Consejo de Administración aprueba anualmente una memoria que contiene los resultados sobre la aplicación práctica de dicha política y que es objeto de publicación en la página web corporativa. 

Además, reconoce la involucración de los accionistas, tanto personas físicas como inversores institucionales, como una oportunidad para seguir promoviendo la creación de valor sostenible a largo plazo de acuerdo con el mandato previsto en los Estatutos Sociales y con las buenas prácticas de gobierno corporativo. 

En el ejercicio de estas competencias y, en particular, de sus facultades de promover, determinar y supervisar la estrategia general de involucración de los accionistas en la vida social y en el marco de la normativa legal, de los Estatutos Sociales y del Propósito y Valores del Grupo Iberdrola y de la estrategia de desarrollo sostenible, el Consejo de Administración aprueba esta Política de involucración permanente de los accionistas (la “Política”) que respeta, desarrolla y adapta, en relación con la Sociedad, los Principios éticos y básicos de gobernanza y de sostenibilidad del Grupo Iberdrola.

1.    Ámbito de aplicación 

Esta Política es de aplicación en la Sociedad. 

2.    Finalidad

La finalidad de esta Política es fomentar la involucración continuada y permanente de los accionistas de la Sociedad en la vida social y estructurar, junto con la Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto, los principios que deben regir la comunicación e interacción de la Sociedad con sus accionistas y de estos con aquella, para continuar creando valor a largo plazo.

En particular, esta interacción no se limita a la celebración del acto de la Junta General de Accionistas, sino que la Sociedad fomenta una interacción continuada, aspirando a que la involucración de los accionistas en la vida social sea efectiva, permanente, constructiva, sostenible y se mantenga constante durante todo el año, coadyuvando al mantenimiento de relaciones duraderas y estables y al alineamiento de los intereses de los accionistas y los de la Sociedad, para favorecer la consecución del propósito y la realización de los valores corporativos. 

Para la aplicación de esta Política se tendrá en cuenta lo dispuesto en la ley y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad y, en particular, en la referida Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto, así como en los Estatutos Sociales, los Principios éticos y básicos de gobernanza y de sostenibilidad del Grupo Iberdrola, la Política de relaciones con los Grupos de interés, el Reglamento de la Junta General de Accionistas, el Reglamento del Consejo de Administración y el Reglamento interno de conducta en los Mercados de Valores.

3.    Principios básicos de actuación 

La Sociedad asume y promueve los siguientes principios básicos de actuación para fomentar la involucración efectiva, permanente, constructiva y sostenible de sus accionistas en la vida social:

a)    Transparencia: velar por la transparencia en la relación de la Sociedad con sus accionistas, mediante una comunicación clara, continua y responsable, compartiendo información veraz, adecuada, relevante, correcta, completa, fiable y útil, a través de los cauces, instrumentos y canales por ella establecidos.

b)    Participación: promover la participación de los accionistas en actividades organizadas por la Sociedad durante todo el año y fomentar activamente su participación en la Junta General de Accionistas.

c)    Interacción: mantener de forma proactiva y constante la interacción entre la Sociedad y los accionistas para forjar el sentido de pertenencia mediante un diálogo directo, fluido, constructivo, permanente, efectivo e inclusivo que permita el entendimiento de los intereses de los accionistas por la Sociedad y de la información corporativa por los accionistas.

d)    Escucha activa: conocer las decisiones, opiniones, inquietudes y propuestas de los accionistas, que afecten a las actividades de la Sociedad para comprenderlas, valorarlas, darles respuesta en la medida de lo posible y fomentar la relación a largo plazo de aquellos con la Sociedad, contribuyendo a una toma de decisiones más informada, un mejor entendimiento de la comunidad y el desarrollo de actuaciones sostenibles.

e)    Respeto: respetar la igualdad de trato en el reconocimiento y ejercicio de los derechos de los accionistas que se encuentren en condiciones idénticas y no estén afectados por conflictos de competencia o de interés, y proteger los derechos e intereses legítimos de los accionistas.

f)    Innovación: poner las nuevas tecnologías al servicio de la involucración de los accionistas en la vida social, con la finalidad de lograr una interacción con el mayor número posible de ellos y facilitar el acceso a la información, con el compromiso de realizar un uso responsable de dichas tecnologías y de seguir ofreciendo alternativas para los accionistas que necesiten o prefieran emplear medios no digitales.

g)    Mejora continua: ser receptivo al cambio y considerar las recomendaciones de buen gobierno de reconocimiento general, la experiencia acumulada de la Sociedad y las opiniones de los accionistas, asociaciones de accionistas, inversores institucionales, asesores de voto y los demás Grupos de interés en las actualizaciones de esta Política por el Consejo de Administración.

Estos principios básicos presuponen la obligación de los accionistas de cumplir sus deberes con responsabilidad, lealtad, buena fe y transparencia, en el marco del interés social, como interés prioritario frente al particular de cada uno de ellos, y de conformidad con la normativa aplicable y el Sistema de gobernanza y sostenibilidad.

La involucración de los accionistas en la vida social no podrá amparar, en ningún caso, actuaciones contrarias al interés social ni aquellas que persigan la consecución de intereses personales e individuales no alineados con este, así como el ejercicio abusivo de sus derechos.

En la medida en que proceda, atendiendo a las circunstancias del caso concreto, los principios básicos previstos en esta Política serán de aplicación a los beneficiarios últimos.

4.    Órganos competentes en relación con la involucración 

El Consejo de Administración, con el impulso de su presidente, será el órgano encargado de promover, determinar y supervisar la estrategia general de involucración de los accionistas de la Sociedad en la vida social, impulsando los principios básicos de actuación previstos en el apartado anterior de esta Política

En particular, la interlocución con los accionistas corresponde exclusivamente al Consejo de Administración, actuando de forma colegiada, y a su presidente, así como a las personas que el Consejo de Administración o su presidente decidan.

Los consejeros, por tanto, de manera individual, no son un cauce de interacción válido a estos efectos y, por consiguiente, no tienen el deber, ni atribuida la competencia, de interactuar con los accionistas. No obstante, en caso de que así lo acuerde el Consejo de Administración, su presidente o la Comisión Ejecutiva Delegada, el consejero coordinador o los demás miembros del Consejo de Administración podrán llevar a cabo la interlocución con accionistas concretos en cuestiones de gobierno corporativo y de desarrollo sostenible de la Sociedad. Si bien, se procurará que los consejeros que vayan a mantener dicha interlocución pertenezcan a la comisión competente en las cuestiones a tratar. 

En el ejercicio de las funciones descritas, se establecerán cauces e instrumentos de diálogo, de información, de participación y de interacción con los accionistas, que impulsen la comunicación de la Sociedad con estos y viceversa, de forma permanente y efectiva, todo ello con las garantías y los mecanismos de coordinación apropiados. En la determinación de estos cauces e instrumentos, se habrán de considerar los asuntos que puedan ser de más interés o relevancia para los accionistas, así como los canales más adecuados para llevar a cabo su involucración y más respetuosos con el medio ambiente, y se procurará aprovechar la innovación y las nuevas tecnologías que posibiliten mantener un contacto y un diálogo con el mayor número posible de accionistas independientemente del lugar en el que se encuentren.

Además, el Consejo de Administración podrá establecer mecanismos específicos de involucración con aquellos accionistas que tengan una participación económica relevante y estable en la Sociedad. Estos mecanismos tendrán en cuenta la existencia de eventuales conflictos de interés y no podrán traducirse en la entrega de cualquier información que pudiera proporcionar una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás accionistas.
La involucración de los accionistas en la vida social y los cauces e instrumentos que se establezcan con dicha finalidad se adecuarán a lo previsto en las políticas y en las directrices generales que apruebe el Consejo de Administración.

Por otro lado, tanto el Consejo de Administración como su presidente, en el ejercicio de las facultades señaladas con anterioridad, podrán delegar en la Dirección de Finanzas, Control y Desarrollo Corporativo (o en la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones) y, dentro de esta, en la Dirección de Relación con Inversores (o en la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones), así como en aquellas otras direcciones o profesionales de la Sociedad que consideren adecuados, la gestión, supervisión y el fomento del funcionamiento eficaz de los cauces e instrumentos de involucración de los accionistas. Las direcciones o las personas en las que se deleguen las actuaciones informarán periódicamente al presidente del Consejo de Administración de los mensajes intercambiados con los accionistas, así como de cualquier otro aspecto relevante obtenido durante la interlocución con aquellos. El presidente informará de ello, a su vez, al Consejo de Administración a fin de adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de los fines de esta Política y específicamente, para tener presentes las propuestas de los accionistas.

En cualquier caso, las manifestaciones efectuadas por los consejeros a quienes se les haya delegado la interlocución con accionistas concretos en las cuestiones antes indicadas, solo vincularán a la Sociedad cuando estén expresamente respaldadas por un acuerdo o decisión del Consejo de Administración, de su presidente o de la Comisión Ejecutiva Delegada.

5.    Cauces de involucración 

La Sociedad fomentará la involucración de los accionistas durante todo el año, a través de distintos cauces e instrumentos de diálogo, de información, de participación y de interacción, así como optimizar el alcance y la calidad de la interacción recíproca entre la Sociedad y los accionistas. 
Para hacerla posible, la Sociedad ha establecido, en particular, los cauces e instrumentos de involucración que se describen a continuación. 

5.1.    Información permanente a los accionistas durante todo el año

La Sociedad habilitará a los accionistas, durante todo el año, mecanismos de interlocución adecuados y eficaces con la finalidad de que estos estén informados, sí así lo desean, y participen de forma continuada y permanente, sobre cuestiones relacionadas con la actividad de la Sociedad y de las demás compañías del Grupo, con su condición de accionista, con los asuntos y propuestas que se someten a la aprobación de la Junta General de Accionistas, con otra documentación que esté publicada en la página web corporativa, así como con otras materias que se estime de su interés. 

(i)    Documentación publicada por la Sociedad

La Sociedad pone a disposición de sus accionistas, mediante su publicación en la página web corporativa, toda la información prevista en la ley y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad, así como aquella que pueda resultar de su interés y que elabora de forma voluntaria, para facilitar y promover la involucración de los accionistas en la vida social. 

En particular, además de la información exigida por la normativa aplicable, la Sociedad publica anualmente en la página web corporativa la siguiente documentación:

  • (i)    el informe integrado que incorpora, entre otros aspectos, información sobre el modelo de negocio y la estrategia de la Sociedad;
  • (ii)    el informe sobre la independencia del auditor de cuentas elaborado por la Comisión de Auditoría y Supervisión del Riesgo;
  • (iii)    la memoria sobre operaciones vinculadas elaborada por la Comisión de Auditoría y Supervisión del Riesgo;
  • (iv)    la memoria de actividades del Consejo de Administración y de sus comisiones;
  • (v)    la memoria de involucración de los accionistas;
  • (vi)    el informe de transparencia fiscal; y
  • (vii)    el informe de transparencia del sistema de cumplimiento.

El Consejo de Administración podrá agrupar la documentación indicada en los apartados (i) a (vii) anteriores en uno o varios informes, que se pondrán a disposición de los accionistas en el período comprendido entre la formulación de las cuentas anuales y la celebración de la Junta General ordinaria, con antelación suficiente a esta reunión.

La Sociedad difundirá la documentación indicada en los citados apartados (i) a (vii) y la información legalmente exigible, principalmente, a través de su página web corporativa y, en su caso, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en lengua castellana y, siempre que resulte posible, en lengua inglesa. En caso de discrepancia entre las versiones en lengua castellana e inglesa, prevalecerán las primeras.

Con carácter general, la documentación de la página web corporativa estará disponible en formatos accesibles para que pueda ser consultada a través de los dispositivos electrónicos más utilizados, incluyendo teléfonos inteligentes, tabletas y ordenadores y en la mayoría de los casos se pueda descargar fácilmente e imprimir. Dicha información podrá ponerse a disposición de los accionistas a través de otras herramientas, tales como un asistente virtual basado en un programa de inteligencia artificial o tecnologías análogas, garantizando el uso responsable de la inteligencia artificial y los algoritmos. 

(ii)    Solicitudes de información de los accionistas

Todos los accionistas que estén registrados en el espacio “OLA Club del Accionista” o que tengan acceso a otros instrumentos o sistemas que la Sociedad determine en el futuro, podrán, de modo confidencial o abierto a los demás accionistas, y en cualquier momento del año, solicitar las informaciones o las aclaraciones que estimen precisas, o formular las preguntas que consideren pertinentes acerca de la documentación publicada por la Sociedad en su página web corporativa, a que se refiere el apartado anterior, así como sobre cualquier otro aspecto que resulte relevante para su posición como accionista. 

La Sociedad procurará, en la medida de lo posible, dar respuesta, de forma verbal o escrita, a las solicitudes, consultas y peticiones formuladas por los accionistas en el plazo de las 48 horas siguientes a su recepción, tratando, en todo caso, de no superar los quince días hábiles. 

En sus respuestas, la Sociedad considerará el interés social y lo previsto en la ley y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad y se basará en la información oficial que previamente haya publicado. En todo caso, no proporcionará al accionista la información requerida si esta perjudica al interés social, afecta negativamente a la competitividad o tiene carácter no público, o si no debe ser facilitada atendiendo a lo previsto en la normativa y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad. 

Si la información o aclaración solicitada, o la respuesta a la pregunta formulada ya estuviera disponible en la página web corporativa, la Sociedad podrá contestar remitiéndose a la información ya difundida.

Conforme a los principios de transparencia y simetría en la difusión de la información y de igualdad de trato de los accionistas, las informaciones, aclaraciones y contestaciones, y demás documentación que facilite la Sociedad para atender a las cuestiones formuladas por aquellos y que sean de interés general, estarán a disposición de los demás accionistas dados de alta en el espacio “OLA Club del Accionista” o de cualquier otro sistema o instrumento configurado por la Sociedad para ofrecer esta información de manera permanente.

Los accionistas deberán hacer un uso de la información facilitada por la Sociedad siguiendo los criterios de la buena fe, cumpliendo con lo previsto en la ley y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad. En el supuesto de utilización abusiva o perjudicial de la información requerida y facilitada por la Sociedad, el accionista será responsable de los daños y perjuicios causados por dicha utilización.

(iii)    Atención a los accionistas

La Sociedad apuesta por el diálogo directo, fluido, transparente, constructivo, permanente, efectivo e inclusivo y por la cercanía en la interacción con sus accionistas. 

Para ello, la Sociedad podrá realizar campañas informativas y de adhesión al canal “OLA Club del Accionista”, así como para fomentar la participación en la Junta General, dirigidas a los accionistas inscritos en los registros contables de la “Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U.” (IBERCLEAR) que no estén dados de alta en el citado canal. Dichas acciones podrán realizarse, directamente por la Sociedad o a través de terceros, por teléfono, mediante “mailings” y por correo electrónico o postal, en función de los datos de contacto disponibles y atendiendo a lo previsto en la normativa aplicable.

Asimismo, la Sociedad atenderá de forma permanente a cualquier accionista, sea o no miembro de “OLA Club del Accionista”, mediante una asistencia constante y de calidad, a través de personal altamente cualificado y especializado que atiende los canales puestos a su disposición. Esta asistencia podrá realizarse por teléfono o por correo electrónico. Con carácter complementario, podrán emplearse asistentes virtuales basados en inteligencia artificial u otra tecnología a través de la página web corporativa.

En la medida de lo posible, la Sociedad procurará, dando prioridad absoluta al interés social y respetando la ley y el Sistema de gobernanza y sostenibilidad, dar respuesta a las consultas, sugerencias y preguntas formuladas por los accionistas, manteniendo una actitud receptiva. A estos efectos, las contestaciones y demás documentación que en su caso facilite se podrán poner a disposición del público en la página web corporativa.

5.2    Participación de los accionistas en la Junta General 

Cumpliendo con el mandato de previsto en los Estatutos Sociales, el Consejo de Administración adoptará medidas para promover la máxima participación de los accionistas en la Junta General, en la que todo accionista debidamente acreditado tiene derecho a asistir y participar, sin que se le exija la titularidad de un número mínimo de acciones.

A estos efectos, la Sociedad facilitará información divulgativa a través de la página web corporativa y de los canales de involucración de los accionistas para promover su participación efectiva e informada en la Junta General, de acuerdo con el principio de transparencia previsto en esta Política. Además, el Consejo de Administración podrá incentivar la participación en los términos previstos en el anexo a esta política.

El modo de ejercicio de los derechos de los accionistas y de su participación en la Junta General se determinará por el Consejo de Administración de conformidad con lo previsto en la normativa aplicable, en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad y, en particular, en el Reglamento de la Junta General de Accionistas, en el anuncio de convocatoria y en las normas de desarrollo que apruebe para cada Junta General. 

En concreto, para configurar el orden del día de la Junta General y formular las correspondientes propuestas de acuerdo, el Consejo de Administración podrá tener en cuenta las opiniones e inquietudes de los accionistas de la Sociedad, de acuerdo con el principio de escucha activa previsto en esta Política

Los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social, podrán:

a)    solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas, incluyendo uno o más puntos en el orden del día de la convocatoria, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada; y

b)    presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la convocatoria de cualquier Junta General de Accionistas convocada. 

Los accionistas deben ejercitar los mencionados derechos con responsabilidad, lealtad, buena fe y transparencia, en el marco del interés social como interés prioritario frente al particular de cada uno de ellos, y de conformidad con la normativa aplicable y con el Sistema de gobernanza y sostenibilidad.

La Sociedad podrá recabar la documentación e información necesarias para verificar la concurrencia de dichos términos.

La Sociedad asegurará la difusión de los nuevos puntos del orden del día y las propuestas de acuerdo que se presenten y de la documentación que, en su caso, se adjunte, de conformidad con lo dispuesto en la ley y, en todo caso, tan pronto como sea posible, y procurará la publicación de un nuevo modelo de tarjeta de delegación y voto a distancia que incluya los puntos del orden del día y las propuestas adicionales.

En caso de que dichos derechos fueran válidamente ejercitados, el presidente de la Junta General de Accionistas, haciendo uso de las facultades que el Reglamento de la Junta General de Accionistas le atribuye, someterá a votación los nuevos puntos del orden del día o propuestas de acuerdo después de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. En este supuesto, para determinar el sentido de los votos de los accionistas en aquellas propuestas que sean incompatibles con otras sometidas a la misma Junta General de Accionistas, se aplicarán las siguientes reglas:

a)    En primer lugar, se computarán los votos emitidos a distancia de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Junta General de Accionistas en el sentido que corresponda con arreglo a lo dispuesto en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad y en las normas de desarrollo que pueda adoptar el Consejo de Administración en el ámbito de sus competencias, así como los votos de los miembros de la mesa, ya sea en nombre propio o en representación de otros accionistas.

b)    En segundo lugar, los asistentes que deseen manifestar expresamente su sentido del voto a favor de una propuesta de acuerdo concreta deberán comunicarlo al notario o al personal que lo asista (o, en su defecto, al secretario de la Junta General de Accionistas) o a través de la plataforma de asistencia telemática. Se entenderá que los accionistas (y sus representantes) que voten a favor de una propuesta de acuerdo votan en contra de todas las demás que sean incompatibles con la primera.

c)    En tercer lugar, los asistentes que deseen votar en contra, en blanco o abstenerse en relación con las propuestas de acuerdo deberán proceder de la forma prevista en el apartado b) anterior.

d)    Por último, se considerarán votos a favor de la propuesta que, con arreglo a lo dispuesto en los apartados a) y b), haya reunido más votos a favor, aquellos correspondientes a todas las acciones concurrentes, presentes y representadas, en la reunión deducidos los votos correspondientes a: (i) las acciones concurrentes, presentes y representadas, en la reunión, cuyos titulares o representantes hayan manifestado expresamente que votan a favor de otra propuesta incompatible, que votan en blanco o que se abstienen de todas ellas; y (ii) las acciones cuyos titulares o representantes hayan abandonado la reunión con anterioridad a la votación de la propuesta de acuerdo de que se trate y hayan dejado constancia de ello ante el notario o personal que lo asista (o, en su defecto, ante el secretario de la Junta General de Accionistas) o a través de los medios de comunicación a distancia en caso de asistencia telemática.

En garantía de los derechos de los accionistas y de la transparencia, la Sociedad podrá solicitar a una firma especializada externa la verificación de si los procedimientos internos relacionados con la organización y celebración de la Junta General se aplican de acuerdo con lo previsto en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad y en la demás normativa interna, con especial atención a los sistemas de delegación y voto de los accionistas, al ejercicio de los derechos de información y participación de los accionistas, a la documentación publicada, así como al escrutinio del quórum de constitución y de las votaciones y las especialidades de la forma de celebración de la Junta General.

La Sociedad gestionará la Junta General como un evento sostenible, en el que se impulsará la involucración de sus accionistas y demás Grupos de interés afectados y se tomará en consideración sus necesidades y sus expectativas. 

5.3.    Relaciones con asociaciones de accionistas y con accionistas institucionales

La Sociedad reconoce la importancia de las asociaciones de accionistas como vehículo idóneo para representar a los accionistas minoristas y recoger sus opiniones e inquietudes, −en particular, acerca del gobierno corporativo de la Sociedad y su estrategia de desarrollo sostenible− y valora positivamente su existencia y respeta los derechos que la normativa les concede.

Además, la presencia en el accionariado de la Sociedad de accionistas institucionales con vocación de estabilidad y permanencia es bienvenida en la medida en que permita la creación de valor sostenido a medio y largo plazo, así como el desarrollo de vínculos firmes de lealtad recíproca que no generen conflictos de competencia o de intereses. La atención a los accionistas institucionales se desarrolla preferentemente a través de canales directos, y por personal cualificado para dar respuesta a las cuestiones especializadas que puedan plantear.

Sin perjuicio de las reuniones u otros contactos propiciados por la Sociedad, tanto las asociaciones de accionistas como los accionistas institucionales podrán solicitar a través de la Dirección de Relación con Inversores (o a través de la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones) la celebración de reuniones con representantes de la Sociedad designados por el Consejo de Administración o su presidente, indicando los temas concretos a tratar.

La Sociedad analizará dichas solicitudes y las atenderá cuando lo considere apropiado y siempre y cuando con ello no se contravenga lo dispuesto en esta Política.

En caso de que la Sociedad acceda a mantener una reunión con una asociación de accionistas o con uno o varios accionistas institucionales, el Consejo de Administración o su presidente deberán designar, como mínimo, a dos representantes de la Sociedad, a quienes se informará de los temas concretos a tratar y con quienes se acordará el contenido y la información que podrá ser facilitada en dicha reunión con la finalidad de evitar la comunicación de información que pudiera proporcionar un privilegio o ventaja frente a los demás accionistas o perjudicar el interés social.

Además de lo anterior, el Consejo de Administración o su presidente podrán desarrollar planes de involucración a largo plazo con las asociaciones de accionistas y con aquellos accionistas institucionales que manifiesten su vocación de estabilidad y permanencia en la Sociedad y establecer mecanismos adecuados de interlocución sobre la marcha de la Sociedad.

La Sociedad informará acerca de las reuniones que se celebren y del establecimiento de planes de involucración o mecanismos de interlocución en los términos previstos en el apartado 7 siguiente.

5.4    Participación y organización y de actos y encuentros 

La Sociedad organiza a lo largo del año múltiples eventos, tanto corporativos como culturales o de ocio, que tienen por objeto facilitar y fomentar la interacción y la comunicación con sus accionistas atendiendo en todo momento al principio de igualdad de trato de todos los accionistas que se encuentren en condiciones idénticas y que no estén afectados por conflictos de competencia o interés.

A fin de satisfacer las expectativas y las inquietudes de los accionistas, la Sociedad prepara y adapta la organización de los actos y encuentros y la participación en estos de sus representantes y profesionales, así como de expertos invitados, en función de los temas a tratar, de las características del accionariado al cual se dirijan y del contexto en el que se celebren. En la preparación de estos eventos procurará tener en cuenta las opiniones de los accionistas. 

En el marco de lo previsto en la Política de relaciones con los Grupos de interés, la Sociedad podrá promover la organización de talleres de sensibilización e implicación en áreas temáticas vinculadas a la actividad de las compañías del Grupo, principalmente en el ámbito de la estrategia de desarrollo sostenible. De la organización de estos talleres se informará a los accionistas que voluntariamente se hayan registrado en las correspondientes bases de datos de la Sociedad.

6.    Canales de involucración  

Los canales de comunicación y contacto con los accionistas estarán disponibles a través de un espacio de involucración disponible en la página web corporativa para facilitar el acceso a los mismos por los accionistas. 

En particular, estos canales de comunicación y de contacto con los accionistas comprenden tanto los de carácter general, como son la página web corporativa o la Comisión Nacional del Mercado de Valores −a través de los cuales se promueve su involucración−, como otros especiales de interacción con los accionistas, tales como la Junta General de Accionistas, la Oficina del Accionista −que constituye un canal de atención permanente  para los titulares de las acciones de la Sociedad, que desarrolla de forma continuada y proactiva iniciativas destinadas a reforzar su involucración−, “OLA Club del Accionista”, −un sistema interactivo habilitado en la página web corporativa, que promueve activamente la interacción permanente con los accionistas que se adhieran voluntariamente a aquel y tengan interés en ello− y la aplicación “App Relación con Inversores”, así como otros sistemas e instrumentos que la Sociedad implemente con la utilización de las nuevas tecnologías.  

Los citados canales se describen con mayor detalle en la Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto.

La Sociedad se reserva el derecho a modificar, suspender, cancelar o restringir los canales de involucración, así como a interrumpir, suspender, cancelar o restringir su uso cuando por razones técnicas, o de seguridad o ciberseguridad, se aconseje o requiera para salvaguardar el interés social. 

Asimismo, la Sociedad no será responsable de los perjuicios que pudieran ocasionarse derivados de averías, sobrecargas, caídas de líneas, fallos en la conexión o cualquier otra eventualidad de igual o similar índole, ajenas a su voluntad, que impidan la utilización de los canales de involucración.

Como pionera en la organización de la Junta General de Accionistas como evento sostenible desde 2016, la Sociedad gestionará los canales de involucración de los accionistas teniendo en cuenta su compromiso con el liderazgo en la gestión sostenible de eventos.

7.    Coordinación con la Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto

Las actuaciones que la Sociedad lleva a cabo a través de los canales de involucración de sus accionistas anteriormente indicados y, en particular, la información suministrada en el marco de aquellos a los accionistas, deberá coordinarse adecuadamente con el contenido de las comunicaciones facilitadas por la Sociedad con arreglo a lo dispuesto en la Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto.

El órgano interno de la Sociedad responsable de llevar a cabo dicha coordinación será la Dirección de Relación con Inversores (o la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones), que contará con el apoyo de la Dirección de Finanzas, Control y Desarrollo Corporativo (o de la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones) o de la Secretaría General y del Consejo de Administración cuando, atendiendo a las circunstancias, dicho apoyo sea preciso.  

8.    Difusión

La Sociedad divulgará, a través de la página web corporativa, aquellas actuaciones destinadas a involucrar a los accionistas y, en la medida en que proceda, a los beneficiarios últimos, en la vida social llevadas a cabo en ejecución de lo previsto en esta Política.

9.    Implementación y seguimiento 

La responsabilidad de la implementación y seguimiento de esta Política y el cumplimiento de sus objetivos recae en la Dirección de Relación con Inversores (o en la dirección que, en cada momento, asuma sus facultades), salvo en lo referido a la Junta General de Accionistas, cuya organización corresponde a la Secretaría General y del Consejo de Administración.

La Dirección de Relación con Inversores (o la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones) informará con regularidad al presidente del Consejo de Administración sobre el desarrollo de las actuaciones llevadas a cabo en ejecución de lo previsto en esta Política. El presidente del Consejo de Administración, a su vez, informará de ello al Consejo Administración o a la Comisión Ejecutiva Delegada. 

La Sociedad informará sobre la aplicación práctica y resultados de esta Política, junto con los de la Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto en la memoria de involucración de los accionistas que podrá formar parte del informe anual de gobierno corporativo.

*    *    *

Esta Política fue aprobada inicialmente por el Consejo de Administración el 17 de febrero de 2015 y modificada por última vez el 25 de marzo de 2025.


ANEXO 

Política de abono de primas de asistencia y otros incentivos económicos a la participación 

El Consejo de Administración fomentará la participación de los accionistas en la Junta General de Accionistas mediante el establecimiento de un incentivo económico. El importe por acción de dicho incentivo no será superior al uno y medio por ciento del valor nominal de las acciones de la Sociedad. 

Con esta finalidad, el Consejo de Administración decidirá, para cada Junta General de Accionistas, la implementación del incentivo económico que considere más adecuado de acuerdo con esta Política, pudiendo consistir en el pago de un dividendo de involucración, de una prima de asistencia o de otros instrumentos que considere idóneos.

El incentivo económico a la participación de los accionistas seleccionado para cada Junta General de Accionistas se hará constar en el anuncio de convocatoria. 

Cuando el incentivo consista en un dividendo de involucración, su pago estará condicionado a que el quórum de constitución de la Junta General de Accionistas alcance o supere el porcentaje predeterminado por el Consejo de Administración y tendrán derecho a percibirlo todos los accionistas que hubieran tenido derecho a asistir a la Junta General de Accionistas. El dividendo de involucración podrá ser con cargo al resultado del ejercicio en curso o al ejercicio anterior o con cargo a reservas de la Sociedad.

Cuando el incentivo consista en el abono de una prima de asistencia, tendrán derecho a percibirlo las acciones incluidas en la lista de asistentes de la Junta General de Accionistas, aunque el Consejo de Administración, o las personas que este autorice, podrán decidir pagar la citada prima a las acciones no incluidas en la lista de asistentes, por haberse incorporado a la sala después de su constitución o por otros motivos ajenos a la Sociedad y al accionista.

El principio general de abono de un incentivo económico a la participación podrá exceptuarse, previo acuerdo del Consejo de Administración, cuando la situación económica de la Sociedad así lo aconseje o cuando concurran circunstancias excepcionales objetivas que determinen que su abono no constituya un incentivo eficaz para fomentar la participación en la Junta General de Accionistas. En este caso, la decisión de no abonar el incentivo en una determinada reunión de la Junta General de Accionistas se hará constar en el anuncio de su convocatoria y durante la celebración del acto se expondrá la justificación de la decisión. Asimismo, no se podrá acordar el restablecimiento del incentivo hasta que dejen de concurrir las circunstancias objetivas que se tomaron como base para su supresión. En este último caso, el Consejo de Administración deberá explicar las razones que motivan la decisión de su abono en la primera Junta General de Accionistas en la que se abone de nuevo el incentivo.

Cuando el Consejo de Administración decida proponer, para una determinada Junta General de Accionistas, un incentivo distinto al propuesto en la anterior reunión que se hubiere celebrado, dará cuenta de las razones en la documentación puesta a disposición de los accionistas con ocasión de la convocatoria.