Política de involucración de los accionistas

La interacción bidireccional con los accionistas forja su sentido de pertenencia y fomenta su involucración en la vida social de Iberdrola

Política de involucración de los accionistas
Política de involucración de los accionistas

Política de involucración de los accionistas

19 de diciembre de 2023

El Consejo de Administración de IBERDROLA, S.A. (la “Sociedad”) tiene atribuida la competencia de diseñar, evaluar y revisar con carácter permanente el Sistema de gobernanza y sostenibilidad y, específicamente, de aprobar y actualizar las políticas corporativas, que recogen las pautas de actuación de la Sociedad y que inspiran, de conformidad con los principios de subsidiariedad y de respeto de la autonomía societaria, las de las compañías integradas en el grupo cuya entidad dominante es, en el sentido establecido por la ley, la Sociedad (el “Grupo”).

La Sociedad ha situado la involucración de sus accionistas en la vida social como una de las claves de su estrategia de gobierno corporativo y de desarrollo sostenible en el marco de su relación con este Grupo de interés. Desde el año 2015, cuenta con una política en esta materia, que supuso una novedad en la forma en que las sociedades cotizadas se venían relacionando con sus accionistas en aquel momento y que el Consejo de Administración ha ido revisando, reforzando y actualizando periódicamente para seguir incrementando y desarrollando la interacción bidireccional de la Sociedad con los titulares de sus acciones. Además, el Consejo de Administración aprueba anualmente una memoria que contiene los resultados sobre la aplicación práctica de dicha política y que ha sido objeto de publicación en la página web corporativa.

En el ejercicio de estas responsabilidades, y en el marco de la ley y de los Estatutos Sociales, de las directrices y pautas de actuación en las que se concreta el Propósito y Valores del Grupo Iberdrola, así como de su estrategia de desarrollo sostenible, el Consejo de Administración aprueba esta Política de involucración de los accionistas (la “Política”).

1. Finalidad

La finalidad de esta Política es fomentar la involucración continuada y permanente de los accionistas de la Sociedad en la vida social y estructurar, junto con la Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto, los principios que deben regir la comunicación e interacción bidireccional de la Sociedad con los titulares de sus acciones.

En particular, esta interacción no se limita a la celebración del acto de la Junta General de Accionistas, sino que la Sociedad aspira a que la involucración de los titulares de sus acciones en la vida social sea efectiva, sostenible y se mantenga constante durante todo el año, coadyuvando al alineamiento de los intereses de los accionistas y los de la Sociedad. 

Para la aplicación de esta Política se tendrá en cuenta lo dispuesto en la ley y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad y, en particular, en la referida Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto, así como en los Estatutos Sociales, el Código ético, la Política de relaciones con los Grupos de interés, el Reglamento de la Junta General de Accionistas, el Reglamento del Consejo de Administración, el Reglamento interno de conducta en los Mercados de Valores y las Normas internas para el tratamiento de la información privilegiada.

2. Alcance

Esta Política es de aplicación en la Sociedad. 

3. Principios básicos de actuación

Los principios básicos de actuación de la Sociedad para fomentar la involucración continuada y permanente de sus accionistas en la vida social son los que se detallan a continuación:

a) promover una implicación de sus accionistas en la vida social y en la consecución de su propósito y la realización de sus valores durante todo el año, sin que esta se limite al acto de celebración de la Junta General de Accionistas;

b) buscar de forma proactiva y constante la interacción bidireccional con sus accionistas para fomentar su involucración efectiva y sostenible en la vida social y forjar el sentido de pertenencia, manteniendo con ellos un diálogo directo, fluido, constructivo, permanente, efectivo e inclusivo que coadyuve al alineamiento de sus intereses y los de la Sociedad;

c) mantener cauces e instrumentos de diálogo, de información, de participación y de interacción con los accionistas, que permitan fomentar su efectiva y sostenible involucración en la vida social, así como en la consecución de su propósito y en la realización de sus valores y favorecer el alineamiento de los intereses de los accionistas y los de la Sociedad;

d) respetar la igualdad de trato en el reconocimiento y ejercicio de los derechos de todos los accionistas que se encuentren en condiciones idénticas y no estén afectados por conflictos de competencia o de interés;

e) proteger los derechos e intereses legítimos de todos los accionistas;

f) instaurar mecanismos que permitan conocer las decisiones, opiniones e inquietudes de los titulares de las acciones que afecten a las actividades de la Sociedad para valorarlas, darles respuesta o tenerlas presentes, lo que contribuye a una toma de decisiones más informada y equilibrada y un mejor entendimiento de la comunidad y el desarrollo de actuaciones sostenibles;

g) fomentar una cultura de transparencia ambiciosa, compartiendo información veraz, adecuada, relevante, completa, clara, fiable y útil a través de los cauces, instrumentos y canales establecidos por la Sociedad para involucrar a sus accionistas; 

h) poner la innovación y las nuevas tecnologías al servicio de la involucración de los accionistas en la vida social con la finalidad de lograr una interacción con el mayor número posible de ellos y fortalecer y facilitar el acceso a la información ofreciéndose, a su vez, la posibilidad de seguir utilizando canales tradicionales para los titulares de las acciones que lo necesiten o prefieran continuar relacionándose con la Sociedad a través de aquellos; y

i) considerar las opiniones de los accionistas en las actualizaciones de esta Política por el Consejo de Administración.

Estos principios básicos presuponen la obligación de los accionistas de cumplir sus deberes con lealtad, buena fe y transparencia, en el marco del interés social, como interés prioritario frente al particular de cada uno de ellos, y de conformidad con el Sistema de gobernanza y sostenibilidad.

La involucración de los accionistas en la vida social no podrá amparar, en ningún caso, actuaciones contrarias al interés social ni aquellas que persigan la consecución de intereses personales e individuales no alineados con este.

En la medida en que proceda, atendiendo a las circunstancias del caso concreto, los principios básicos previstos en esta Política serán de aplicación a los beneficiarios últimos.

4. Órganos competentes en relación con la involucración 

El Consejo de Administración, con el impulso de su presidente, será el órgano encargado de promover, determinar y supervisar la estrategia general de involucración de los accionistas de la Sociedad en la vida social −en el marco de lo establecido por la Junta General de Accionistas en los Estatutos Sociales y en el Reglamento de la Junta General−, garantizando la aplicación del principio de igualdad de trato de todos los accionistas que se encuentren en condiciones idénticas.

En particular, la interlocución con los accionistas corresponde exclusivamente al Consejo de Administración actuando de forma colegiada, y a su presidente.

Los consejeros, por tanto, no son un cauce de interacción válido a estos efectos y, por consiguiente, no tienen el deber, ni atribuida la competencia, de interactuar con los accionistas. No obstante, en caso de que así lo acuerde el Consejo de Administración, su presidente o la Comisión Ejecutiva Delegada, el consejero coordinador o los demás miembros del Consejo de Administración podrán llevar a cabo la interlocución con accionistas concretos en cuestiones de gobierno corporativo y de desarrollo sostenible de la Sociedad, si bien se procurará que los consejeros que vayan a mantener dicha interlocución pertenezcan a la comisión competente en las cuestiones a tratar.

En el ejercicio de las funciones descritas, se establecerán cauces e instrumentos de diálogo, de información, de participación y de interacción con los accionistas, que impulsen la comunicación bidireccional, permanente y efectiva, todo ello con las garantías y los mecanismos de coordinación apropiados. En la determinación de estos cauces e instrumentos, se habrán de considerar los asuntos que puedan ser de más interés o relevancia para los accionistas, así como los canales más adecuados para llevar a cabo su involucración y se procurará aprovechar la innovación y las nuevas tecnologías que posibiliten mantener un contacto y un diálogo con el mayor número posible de accionistas independientemente del lugar en el que se encuentren.

Además, el Consejo de Administración podrá establecer mecanismos adecuados de intercambio de información regular con aquellos accionistas que tengan una participación económica relevante y estable en la Sociedad. Estos mecanismos tendrán en cuenta la existencia de eventuales conflictos de interés y no podrán traducirse en la entrega de cualquier información que pudiera proporcionar una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás accionistas.

La involucración de los accionistas en la vida social y los cauces e instrumentos que se establezcan con dicha finalidad se adecuarán a lo previsto en las políticas y en las directrices generales que apruebe el Consejo de Administración.

Por otro lado, tanto el Consejo de Administración como su presidente, en el ejercicio de las funciones señaladas con anterioridad, podrán delegar en la Dirección de Finanzas, Control y Desarrollo Corporativo (o en la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones) y, dentro de esta, en la Dirección de Relación con Inversores (o en la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones), así como en aquellas otras direcciones o profesionales de la Sociedad que consideren adecuados, la gestión y el fomento del funcionamiento eficaz de los cauces e instrumentos de involucración de los accionistas. Las direcciones o las personas en las que se deleguen las actuaciones informarán periódicamente al presidente del Consejo de Administración de los mensajes intercambiados con los accionistas, así como de cualquier otro aspecto relevante obtenido durante la interlocución con aquellos. El presidente informará de ello, a su vez, al Consejo de Administración.

En cualquier caso, las manifestaciones efectuadas por los consejeros a quienes se les haya delegado la interlocución con accionistas concretos en las cuestiones antes indicadas, solo vincularán a la Sociedad cuando estén expresamente respaldadas por un acuerdo o decisión del Consejo de Administración, de su presidente o de la Comisión Ejecutiva Delegada.

5. Cauces de involucración 

La labor de involucración de los accionistas se llevará a cabo por la Sociedad durante todo el año a través de distintos cauces e instrumentos de diálogo, de información, de participación y de interacción, que tendrán como finalidad promover la implicación continuada y permanente, efectiva y sostenible de los titulares de sus acciones en la vida social y en la consecución de su propósito y en la realización de sus valores, así como optimizar el alcance y la calidad de la interacción con ellos.

Para hacerla posible, la Sociedad ha establecido, en particular, los cauces e instrumentos de involucración que se describen a continuación. 

5.1. Información permanente a los accionistas durante todo el año

La Sociedad habilitará a los titulares de sus acciones, durante todo el año, mecanismos de interlocución adecuados y eficaces con la finalidad de que estos estén informados, si así lo desean, de forma continuada y permanente, sobre cuestiones relacionadas con la actividad de la Sociedad y de las demás compañías del Grupo, con su condición de accionista, con las propuestas de acuerdo que esté previsto someter a su consideración, en particular, con motivo de la celebración de la Junta General de Accionistas, o con otras materias que se estime de su interés. 

(i) Documentación publicada por la Sociedad

La Sociedad pone a disposición de sus accionistas, mediante su publicación en la página web corporativa, toda la información prevista en la ley y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad, así como aquella que pueda resultar de su interés y que elabora de forma voluntaria, para facilitar y promover su involucración en la vida social. 

En particular, de la información exigida por la normativa, tiene especial relevancia la publicación en la página web corporativa de la siguiente documentación:

  • la información accesible al público que la Sociedad hubiera facilitado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores y que deba tener publicada; 
  • los informes de auditoría relativos a las cuentas anuales, individuales y consolidadas de la Sociedad, correspondientes a los ejercicios que, de conformidad con lo previsto en la ley, se hayan de mantener difundidos en la página web corporativa;
  • la información financiera periódica que en su caso divulgue la Sociedad, y los informes financieros semestrales, que consten publicados en la página web corporativa atendiendo a lo establecido en la ley; y
  • los asuntos comprendidos en el orden del día de la última Junta General celebrada, así como las propuestas de acuerdo que esté previsto someter a la consideración de los accionistas en caso de que hayan sido difundidas.

La Sociedad difundirá la información anterior principalmente a través de su página web corporativa y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, en castellano y, siempre que resulte posible, en inglés. Con carácter general, la documentación de la página web corporativa estará disponible en formatos accesibles para que pueda ser consultada a través de los dispositivos electrónicos más utilizados, incluyendo teléfonos inteligentes, tabletas y ordenadores y en la mayoría de los casos se pueda descargar fácilmente e imprimir. 

Atendiendo a su compromiso con la transparencia, la información que la Sociedad ponga a disposición de sus accionistas será veraz, adecuada, completa, clara, correcta, fiable y útil, y no incluirá aquella que pueda inducir a error o confusión. 

(ii) Solicitudes de información de los accionistas

Todos los accionistas que estén registrados en “OLA Club del Accionista” o que tengan acceso a otros instrumentos o sistemas, que la Sociedad determine en el futuro, podrán, de modo confidencial o abierto a los demás accionistas y en cualquier momento, solicitar las informaciones o las aclaraciones que estimen precisas, o formular las preguntas que consideren pertinentes, acerca de la documentación publicada por la Sociedad en su página web corporativa, a que se refiere el apartado anterior, así como sobre cualquier otro aspecto que resulte relevante para su posición como accionista.

La Sociedad procurará, en la medida de lo posible, dar respuesta, de forma verbal o escrita, a las solicitudes, consultas y peticiones formuladas por los accionistas en el plazo de las 48 horas siguientes a su recepción, tratando, en todo caso, de no superar los quince días hábiles.

En sus respuestas, la Sociedad considerará el interés social y lo previsto en la ley y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad y se basará en la información oficial que previamente haya publicado. En todo caso, no proporcionará al accionista la información requerida si esta perjudica al interés social, afecta negativamente a la competitividad o tiene carácter no público o si no debe ser facilitada atendiendo a lo previsto en la normativa y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad.

Si la información o aclaración solicitada, o la respuesta a la pregunta formulada, ya estuviera disponible en la página web corporativa, la Sociedad podrá contestar remitiéndose a la información ya difundida.

Conforme a los principios de transparencia y simetría en la difusión de la información y de igualdad de trato de los accionistas, las informaciones, aclaraciones y contestaciones y demás documentación que facilite la Sociedad para atender a las cuestiones formuladas por aquellos y que sean de interés general, estarán a disposición de los demás accionistas dados de alta en “OLA Club del Accionista”.

Los accionistas deberán hacer un uso de la información facilitada por la Sociedad siguiendo los criterios de la buena fe y cumpliendo con lo previsto en la ley y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad. En el supuesto de utilización abusiva o perjudicial de la información requerida, el accionista será responsable de los daños y perjuicios causados.

5.2 Atención a los accionistas

La Sociedad apuesta por el diálogo directo, fluido, constructivo, permanente, efectivo e inclusivo y por la cercanía en la interacción con sus accionistas.

Para ello, promueve una asistencia constante y de calidad a sus accionistas; actividad que gestiona a través de personal altamente cualificado y especializado que atiende los canales puestos a su disposición. Esta asistencia podrá cubrir desde la atención personal hasta la telefónica o por correo electrónico, las comunicaciones mediante “mailings” o a través de la página web corporativa y campañas informativas y de captación.

En la medida de lo posible, la Sociedad procurará, dando prioridad absoluta al interés social y respetando la ley y el Sistema de gobernanza y sostenibilidad, dar respuesta a las consultas, sugerencias y preguntas formuladas por los accionistas. A estos efectos, las contestaciones y demás documentación que en su caso facilite se podrán poner a disposición del público en la página web corporativa.

5.3 Participación de los accionistas en la Junta General

La Junta General de Accionistas es un cauce esencial de participación de los accionistas en la vida social. Todo accionista debidamente acreditado tiene derecho a asistir y a participar en la Junta General, sin que se le exija la titularidad de un número mínimo de acciones.

El modo de ejercicio de estos derechos se determinará por el Consejo de Administración de conformidad con lo previsto en la ley y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad.

(i) Fomento de la participación

El Consejo de Administración promoverá activamente la participación de los accionistas en la Junta General de Accionistas con el objetivo de facilitar que el mayor número participe en el evento con independencia de su residencia, tomando en consideración, ente otros aspectos, la forma de celebración de la reunión.

A tales efectos, habilitará diferentes canales para asistir, delegar la representación o votar a distancia antes de la reunión y mecanismos de acreditación. Asimismo, podrá acordar, para cada reunión, la implementación de incentivos económicos, en los términos y condiciones que determine con arreglo a la política de abono de incentivos de participación que se incluye en el Anexo a esta Política, así como la entrega de material promocional u obsequios de valor simbólico a los accionistas que participen en la Junta General, la realización de promociones similares u otras acciones proactivas, como campañas de información.

El Consejo de Administración fomentará que la participación de los accionistas en la Junta General sea informada y responsable. A este respecto, facilitará el acceso a la documentación que corresponda, así como la comprensión de la información relativa a los asuntos que hayan de ser tratados en ella.

En particular, en línea con lo dispuesto en la Política de innovación, que prevé el impulso de la transformación digital dentro del perímetro del Grupo a todos los niveles y el desarrollo de aplicaciones de inteligencia artificial, la Sociedad podrá publicar, con ocasión de la celebración de cada Junta General de Accionistas, una guía, en el soporte que considere oportuno (incluido el asistente virtual), a través de la cual los accionistas, de forma innovadora e intuitiva, conocerían, entre otras cuestiones, los procedimientos adecuados para ejercitar sus derechos y participar en la Junta General de Accionistas y acceder a información de su interés acerca del desarrollo de la reunión.

Asimismo, la Sociedad podrá emitir y enviar las tarjetas de asistencia, delegación y voto a distancia a los accionistas con el fin de favorecer su participación informada en la Junta General y poner a disposición de estos unas normas de desarrollo que sistematicen, adapten, desarrollen y concreten, en el marco del interés social, las previsiones del Sistema de gobernanza y sostenibilidad sobre la Junta General de Accionistas y el ejercicio por los accionistas de sus derechos vinculados a la Sociedad.

Los accionistas, incluyendo, en particular, aquellos que, por cualesquiera circunstancias, tengan dificultades para comunicarse haciendo uso de las nuevas tecnologías, cuentan, además, desde la convocatoria de la Junta General de Accionistas y hasta su finalización, con el apoyo de la Oficina del Accionista, que dispone de medios para la organización de presentaciones y actos previos a la Junta General. Si la reunión se celebrara de forma únicamente presencial o presencial con la posibilidad de asistir telemáticamente, la Oficina del Accionista contará con un lugar específico en el local donde tenga lugar el acto a fin de resolver las cuestiones que puedan plantear los asistentes y atender e informar a aquellos que deseen hacer uso de la palabra durante la reunión. 

(ii) Participación presencial y telemática

Si la reunión se celebra de forma únicamente presencial o presencial con la posibilidad de asistir telemáticamente, esta tendrá lugar en un recinto ubicado en un sitio céntrico del municipio donde se encuentre el domicilio social, que cuente con las mejores condiciones para su desarrollo y seguimiento. Además, cuando así lo indique la convocatoria, la Sociedad podrá habilitar al efecto lugares accesorios al lugar principal de celebración de la reunión, conectados con este por sistemas que permitan, en tiempo real, el reconocimiento e identificación de los asistentes, la comunicación permanente entre ellos y la intervención y emisión del voto. Los accionistas que asistan a cualesquiera de los citados lugares podrán ejercer los derechos inherentes al de asistencia a la Junta General.

En todo caso, la asistencia presencial de los accionistas se acomodará a los condicionantes derivados del espacio disponible del lugar y de los lugares accesorios en los que, en su caso, se celebre la reunión, a las exigencias de la seguridad y la sostenibilidad del evento, al correcto funcionamiento de los sistemas informáticos y de la tecnología empleada y al estado de la técnica, así como a los demás aspectos que el Consejo de Administración pudiera considerar relevantes para la organización de la Junta General.

En este sentido, para el caso de que la Sociedad establezca un sistema de registro previo para asistir presencialmente a la Junta General, los interesados deberán registrarse a través de la página web corporativa o presentar la correspondiente solicitud de reserva de asiento ante la Oficina del Accionista o ante la dirección o área que la Sociedad determine para cada reunión, que registrarán las peticiones que reciban por orden cronológico de recepción.

En caso de que la Junta General de Accionistas fuera convocada para su celebración de forma presencial con la posibilidad de asistir telemáticamente, los medios de comunicación a distancia habilitados garantizarán debidamente la identidad de los accionistas y sus representantes.

Si se celebrara de forma exclusiva por medios telemáticos, se deberá garantizar la identidad y la legitimación de los accionistas y de sus representantes y se permitirá a los asistentes participar efectivamente en la reunión mediante medios de comunicación a distancia apropiados, siempre que resulten factibles atendiendo al estado de la técnica y a la organización y orden del evento, complementados con la posibilidad de mensajes escritos durante el transcurso de la Junta General para ejercitar en tiempo real los derechos de palabra, información, propuesta y voto que les correspondan, así como seguir las intervenciones de los demás asistentes por los medios indicados.

(iii) Gestión como evento sostenible 

La Sociedad concibe la Junta General como un acto accesible y cercano a sus accionistas, que gestiona, de conformidad con los criterios establecidos en la Política de gestión sostenible, como un evento sostenible, en el que se impulsará la involucración de todos los Grupos de interés de la Sociedad afectados y se tomará en consideración sus necesidades y sus expectativas.

En línea con lo anterior, si la reunión se celebra de forma únicamente presencial o presencial con la posibilidad de asistir telemáticamente, la Sociedad habilitará los medios adecuados para facilitar el acceso y la salida del lugar de celebración de la sesión a todos los asistentes y, en particular, cuando sea razonablemente posible, a aquellos con movilidad reducida o con deficiencias en las funciones psicomotoras.

La Sociedad, independientemente de cuál sea la forma de celebración de la Junta General, adoptará las medidas necesarias para posibilitar la participación de los accionistas con limitaciones auditivas o visuales en la Junta General de Accionistas. A estos efectos, la reunión podrá ser objeto de interpretación simultánea a la lengua de signos española y de subtitulado electrónico para facilitar su seguimiento por parte de las personas con limitaciones auditivas, así como de audio-descripción para los asistentes con limitaciones visuales. Asimismo, se podrá enviar o facilitar a los accionistas con limitaciones visuales que lo soliciten, el anuncio de convocatoria impreso en el sistema braille, así como cualquier otro documento publicado por la Sociedad con ocasión de la convocatoria de la Junta General de Accionistas en un formato compatible con sistemas de lectura en voz alta.

En este sentido, la estrategia de innovación y transformación digital de la Sociedad, que afecta a las actividades que desarrolla, incluyendo sus prácticas de gobierno corporativo, impulsa la digitalización tanto del evento de la Junta General de Accionistas en sí como de los medios puestos a disposición de los accionistas para su participación en la citada reunión, promoviendo y facilitando la utilización de canales a través de internet y de dispositivos inteligentes. Como parte de su estrategia de innovación, la Sociedad aplica tecnologías avanzadas, tales como la de cadena de bloques (blockchain), para reforzar la transparencia y la seguridad en determinados procesos de la Junta General de Accionistas y, en particular, en la emisión de votos de forma telemática, permitiendo certificar su registro mediante una cadena indeleble de bloques que se integra en la red de forma encriptada, trazable y sin intermediarios. Asimismo, promueve la utilización de mecanismos innovadores para la acreditación de los accionistas como el código QR (quick response code) o el uso de contraseñas en las tarjetas de asistencia, delegación y voto a distancia a través de los canales electrónico y telefónico.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, la Sociedad adopta medidas concretas para garantizar que los accionistas que, por cualesquiera circunstancias, tengan dificultades para acceder o hacer uso de las nuevas tecnologías, puedan continuar participando en la Junta General de Accionistas sin verse perjudicados por su digitalización.

(iv) Participación en la configuración del orden del día y presentación de propuestas de acuerdo

El Consejo de Administración configura el orden del día de la Junta General indicando todos los asuntos que hayan de tratarse en la reunión y formula las correspondientes propuestas de acuerdo en relación con cada uno de los puntos de dicho orden del día. Para ello, podrá tener en cuenta las opiniones e inquietudes de los titulares de las acciones de la Sociedad.

Los accionistas que representen, al menos, el tres por ciento del capital social, podrán:

a) solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas, incluyendo uno o más puntos en el orden del día de la convocatoria, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada; y

b) presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la convocatoria de cualquier Junta General de Accionistas convocada.

Los accionistas deben ejercitar los mencionados derechos con lealtad, buena fe y en el marco del interés social, en los términos previstos en la ley y en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad. La Sociedad podrá recabar la documentación e información necesarias para verificar la concurrencia de dichos términos.

La Sociedad asegurará la difusión de los nuevos puntos del orden del día y las propuestas de acuerdo que se presenten y de la documentación que, en su caso, se adjunte, de conformidad con lo dispuesto en la ley y, en todo caso, tan pronto como sea posible, y procurará la publicación de un nuevo modelo de tarjeta de asistencia, delegación y voto a distancia que incluya los puntos del orden del día y las propuestas adicionales.

En caso de que dichos derechos fueran válidamente ejercitados, el presidente de la Junta General de Accionistas, haciendo uso de las facultades que el Reglamento de la Junta General de Accionistas le atribuye, someterá a votación los nuevos puntos del orden del día o propuestas de acuerdo después de las propuestas de acuerdo formuladas por el Consejo de Administración. En este supuesto, para determinar el sentido de los votos de los accionistas en aquellas propuestas que sean incompatibles con otras sometidas a la misma Junta General de Accionistas, se aplicarán las siguientes reglas:

a) En primer lugar, se computarán los votos emitidos a distancia de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de la Junta General de Accionistas en el sentido que corresponda con arreglo a lo dispuesto en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad y en las normas de desarrollo que pueda adoptar el Consejo de Administración en el ámbito de sus competencias, así como los votos de los miembros de la mesa, ya sea en nombre propio o en representación de otros accionistas.

b) En segundo lugar, los asistentes que deseen manifestar expresamente su sentido del voto a favor de una propuesta de acuerdo concreta deberán comunicarlo al notario o al personal que lo asista (o, en su defecto, al secretario de la Junta General de Accionistas) o a través de la plataforma de asistencia telemática. Se entenderá que los accionistas (y sus representantes) que voten a favor de una propuesta de acuerdo votan en contra de todas las demás que sean incompatibles con la primera.

c) En tercer lugar, los asistentes que deseen votar en contra, en blanco o abstenerse en relación con todas las propuestas de acuerdo deberán proceder de la forma prevista en el apartado b) anterior.

d) Por último, se considerarán votos a favor de la propuesta que, con arreglo a lo dispuesto en los apartados a) y b), haya reunido más votos a favor, aquellos correspondientes a todas las acciones presentes y representadas, deducidos los votos correspondientes a: (i) las acciones cuyos titulares o representantes hayan manifestado expresamente que votan a favor de otra propuesta incompatible, que votan en blanco o que se abstienen de todas ellas; y (ii) las acciones cuyos titulares o representantes hayan abandonado la reunión con anterioridad a la votación de la propuesta de acuerdo de que se trate y hayan dejado constancia de ello ante el notario o personal que lo asista (o, en su defecto, ante el secretario de la Junta General de Accionistas) o a través de la plataforma de asistencia telemática.

(v) Actividades adicionales dirigidas a los accionistas

Cuando la Junta General de Accionistas tenga carácter ordinario, se podrán realizar presentaciones u organizar actividades adicionales en el marco de un evento específico destinado a los accionistas (que podrá denominarse Día del Accionista o asignarle otro nombre atendiendo a la naturaleza del acto).

(vi) Verificación externa

En garantía de los derechos de los accionistas y de la transparencia, la Sociedad podrá solicitar a una firma especializada externa la verificación de si los procedimientos internos relacionados con la organización y celebración de la Junta General se aplican de acuerdo con lo previsto en el Sistema de gobernanza y sostenibilidad y en la demás normativa interna, con especial atención a los sistemas de delegación y voto de los accionistas, al ejercicio de los derechos de información y participación de los accionistas, a la documentación publicada, así como al escrutinio del quórum de constitución y de las votaciones.

5.4. Relaciones con asociaciones de accionistas y con accionistas institucionales

La Sociedad reconoce la importancia de las asociaciones de accionistas como vehículo idóneo para representar a los accionistas minoristas y recoger sus opiniones e inquietudes, −en particular, acerca del gobierno corporativo de la Sociedad y su estrategia de desarrollo sostenible− y valora positivamente su existencia y respeta los derechos que la normativa les concede.

Además, la presencia en el accionariado de la Sociedad de accionistas institucionales con vocación de estabilidad y permanencia es bienvenida en la medida en que permita la creación de valor sostenido a medio y largo plazo, así como el desarrollo de vínculos firmes de lealtad recíproca que no generen conflictos de competencia o de intereses. La atención a los accionistas institucionales se desarrolla preferentemente a través de canales directos, y por personal cualificado para dar respuesta a las cuestiones especializadas que puedan plantear.

Sin perjuicio de las reuniones u otros contactos propiciados por la Sociedad, tanto las asociaciones de accionistas como los accionistas institucionales podrán solicitar a través de la Dirección de Relación con Inversores (o a través de la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones) la celebración de reuniones con representantes de la Sociedad designados por el Consejo de Administración o su presidente, indicando los temas concretos a tratar.

La Sociedad analizará dichas solicitudes y las atenderá cuando lo considere apropiado y siempre y cuando con ello no se contravenga lo dispuesto en esta Política.

En caso de que la Sociedad acceda a mantener una reunión con una asociación de accionistas o con uno o varios accionistas institucionales, el Consejo de Administración o su presidente deberán designar, como mínimo, a dos representantes de la Sociedad, a quienes se informará de los temas concretos a tratar y con quienes se acordará el contenido y la información que podrá ser facilitada en dicha reunión con la finalidad de evitar la comunicación de información que pudiera proporcionar un privilegio o ventaja frente a los demás accionistas o perjudicar el interés social.

Además de lo anterior, el Consejo de Administración o su presidente podrán desarrollar planes de involucración a largo plazo con las asociaciones de accionistas y con aquellos accionistas institucionales que manifiesten su vocación de estabilidad y permanencia en la Sociedad y establecer mecanismos adecuados de interlocución sobre la marcha de la Sociedad.

La Sociedad informará acerca de las reuniones que se celebren y del establecimiento de planes de involucración o mecanismos de interlocución en los términos previstos en el apartado 7 siguiente.

5.5. Participación y organización y de actos y encuentros

La Sociedad organiza a lo largo del año múltiples eventos, tanto corporativos como culturales o de ocio, que tienen por objeto facilitar y fomentar la interacción y la comunicación con sus accionistas atendiendo en todo momento al principio de igualdad de trato de todos los accionistas que se encuentren en condiciones idénticas y que no estén afectados por conflictos de competencia o interés.

A fin de satisfacer las expectativas y las inquietudes de los accionistas, la Sociedad prepara y adapta la organización de los actos y encuentros y la participación en estos de sus representantes y profesionales, así como de expertos invitados, en función de los temas a tratar, de las características del accionariado al cual se dirijan y del contexto en el que se celebren. En la preparación de estos eventos procurará tener en cuenta las opiniones de los accionistas.

En el marco de lo previsto en la Política de relaciones con los Grupos de interés, la Sociedad podrá promover la organización de talleres de sensibilización e implicación en áreas temáticas vinculadas a la actividad de las compañías del Grupo, principalmente en el ámbito de la estrategia de desarrollo sostenible. De la organización de estos talleres se informará a los accionistas que voluntariamente se hayan registrado en las correspondientes bases de datos de la Sociedad.

6. Canales de involucración

La Sociedad cuenta con canales de comunicación y contacto con sus accionistas, en particular para mantener informados a los titulares de sus acciones, atenderles, fomentar su participación en la Junta General e implicarles en los actos y encuentros que organiza.

En particular, estos canales de comunicación y de contacto con los accionistas comprenden tanto los de carácter general, como son la página web corporativa o la Comisión Nacional del Mercado de Valores −a través de los cuales se promueve su involucración−, como otros especiales de interacción con los titulares de sus acciones, tales como la Junta General de Accionistas, la Oficina del Accionista −que constituye un canal de atención permanente para los titulares de las acciones de la Sociedad, que desarrolla de forma continuada y proactiva iniciativas destinadas a reforzar su involucración−, “OLA Club del Accionista”, −un sistema interactivo habilitado en la página web corporativa, que promueve activamente la interacción bidireccional permanente con los accionistas que se adhieran voluntariamente a aquel y tengan interés en ello− y la aplicación “App Relación con Inversores”.

Los citados canales se describen con mayor detalle en la Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto.

7. Difusión de la Política

En el seno de la Sociedad, la Dirección de Relación con Inversores (o la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones) informará con regularidad al presidente del Consejo de Administración sobre el desarrollo de las actuaciones llevadas a cabo en ejecución de lo previsto en esta Política. El presidente del Consejo de Administración, a su vez, informará de ello al Consejo Administración o a la Comisión Ejecutiva Delegada con la periodicidad que estime conveniente.

En cuanto a la difusión pública, la Sociedad divulgará a través de la página web corporativa aquellas actuaciones destinadas a involucrar a los accionistas y, en la medida en que proceda, a los beneficiarios últimos, en la vida social de la Sociedad llevadas a cabo en ejecución de lo previsto en esta Política.

Asimismo, la Sociedad informará sobre la aplicación práctica de esta Política, junto con la de la Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto en la Memoria de actividades del Consejo de Administración y de sus comisiones, que será publicada en la página web corporativa y puesta a disposición de los accionistas en los términos previstos en el Reglamento de la Junta General de Accionistas.

8. Coordinación con la Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto

Las actuaciones que la Sociedad lleva a cabo a través de los canales de involucración de sus accionistas anteriormente indicados y, en particular, la información suministrada en el marco de aquellos a los titulares de sus acciones, deberá coordinarse adecuadamente con el contenido de las comunicaciones facilitadas por la Sociedad con arreglo a lo dispuesto en la Política de comunicación y contactos con accionistas, inversores institucionales y asesores de voto.

El órgano interno de la Sociedad responsable de llevar a cabo dicha coordinación será la Dirección de Relación con Inversores (o la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones), que contará con el apoyo de la Dirección de Finanzas, Control y Desarrollo Corporativo (o de la dirección que, en cada momento, asuma sus funciones) o de la Secretaría General y del Consejo de Administración cuando, atendiendo a las circunstancias, dicho apoyo sea preciso. 

Esta Política fue aprobada inicialmente por el Consejo de Administración el 17 de febrero de 2015 y modificada por última vez el 19 de diciembre de 2023.

ANEXO 

Política de abono de primas de asistencia y otros incentivos económicos a la participación

El Consejo de Administración fomentará la participación de los accionistas en la Junta General de Accionistas mediante el establecimiento de un incentivo económico. El importe por acción de dicho incentivo no será superior al uno y medio por ciento del valor nominal de las acciones de la Sociedad. 

Con esta finalidad, el Consejo de Administración decidirá, para cada Junta General de Accionistas, la implementación del incentivo económico que considere más adecuado de acuerdo con esta Política, pudiendo consistir en el pago de un dividendo de involucración, de una prima de asistencia o de otros instrumentos que considere idóneos.

El incentivo económico a la participación de los accionistas seleccionado para cada Junta General de Accionistas se hará constar en el anuncio de convocatoria. 

Cuando el incentivo consista en un dividendo de involucración su pago estará condicionado a que el quórum de constitución de la Junta General de Accionistas alcance o supere el porcentaje predeterminado por el Consejo de Administración y tendrán derecho a percibirlo todos los accionistas que hubieran tenido derecho a asistir a la Junta General de Accionistas. El dividendo de involucración podrá ser con cargo al resultado del ejercicio en curso o al ejercicio anterior o con cargo a reservas de la Sociedad.

Cuando el incentivo consista en el abono de una prima de asistencia, tendrán derecho a percibirlo las acciones incluidas en la lista de asistentes de la Junta General de Accionistas, aunque el Consejo de Administración, o las personas que este autorice, podrán decidir pagar la citada prima a las acciones no incluidas en la lista de asistentes, por haberse incorporado a la sala después de su constitución o por otros motivos ajenos a la Sociedad y al accionista.

El principio general de abono de un incentivo económico a la participación podrá exceptuarse, previo acuerdo del Consejo de Administración, cuando la situación económica de la Sociedad así lo aconseje o cuando concurran circunstancias excepcionales objetivas que determinen que su abono no constituya un incentivo eficaz para fomentar la participación en la Junta General de Accionistas. En este caso, la decisión de no abonar el incentivo en una determinada reunión de la Junta General de Accionistas se hará constar en el anuncio de su convocatoria y durante la celebración del acto se expondrá la justificación de la decisión. Asimismo, no se podrá acordar el restablecimiento del incentivo hasta que dejen de concurrir las circunstancias objetivas que se tomaron como base para su supresión. En este último caso, el Consejo de Administración deberá explicar las razones que motivan la decisión de su abono en la primera Junta General de Accionistas en la que se abone de nuevo el incentivo.

Cuando el Consejo de Administración decida proponer, para una determinada Junta General de Accionistas, un incentivo distinto al propuesto en la anterior reunión que se hubiere celebrado, dará cuenta de las razones en la documentación puesta a disposición de los accionistas con ocasión de la convocatoria.